Tras la publicación de los criterios de evaluación de la convocatoria 2017 (BOE, 01/12/2017), desde sexenios.com hemos preparado una entrada recopilando las novedades más significativas de esta convocatoria. Este análisis, realizado por Susana Sánchez Gil, evaluadora de sexenios.com y por Álvaro Cabezas Clavijo, coordinador del servicio, reseña las novedades de este año respecto a la convocatoria pasada.
Este año la convocatoria viene parca en novedades. Únicamente se aprecian algunas modificaciones o matices en los campos 6.2; 6.3, y 9, así como una observación general acerca de los sellos de calidad editorial y de revistas.
CAMPO 6.2. Ingenierías de la Comunicación, Computación y Electrónica
En los requisitos mínimos para obtener una evaluación positiva del conjunto de aportaciones del Subcampo 6.2: Ingenierías de la Comunicación, Computación y Electrónica, al menos tres deberán ser de las consignadas en los apartados 3.a y 3.b. Es decir, artículos publicados en revistas incluidas en posiciones relevantes del Journal Citation Reports y patentes concedidas mediante examen previo o patentes concedidas de ámbito internacional o patentes nacionales extendidas.
En lo relativo a las actas de congreso de impacto internacional (MÁXIMO 2 APORTACIONES), se menciona en el Subcampo 6.2: Ingenierías de la Comunicación, Computación y Electrónica que se tomarán en consideración aquellas publicadas en posiciones relevantes del índice Computing Research and Education (CORE), el SCIE (Sociedad Científica Informática de España) u otros de similar entidad. Para estos casos, cada aportación podrá ser considerada, con carácter general, como de relevancia media o de poca relevancia a criterio del Comité, y en función de aspectos como la posición en los índices citados, número de páginas, número de autores y naturaleza de la aportación.
CAMPO 6.3. Arquitectura, Ingeniería Civil, Construcción y Urbanismo
En el caso de los artículos, las principales novedades se producen en el Subcampo 6.3 Arquitectura, Ingeniería Civil, Construcción y Urbanismo y, en concreto en el área de Arquitectura. Se hace explícita la valoración de artículos publicados en revistas incluidas en el Arts & Humanities Citation Index de la Web of Science, los artículos publicados en revistas situadas en posiciones relevantes del Scimago Journal Rank (SJR). También se considerarán artículos publicados en revistas incluidas en bases de datos de la especialidad, como Avery Index to Architectural Periodical, o Riba Online Catalogue. Se valorará además, la inclusión de la revista en más de una base datos.
En cuanto a los capítulos de libro y monografías, se valorarán el número de citas recibidas y que consten en la base de datos Web of Science y/o Scopus. En aquellos capítulos de libros derivados de congresos, solamente serán tenidos en cuenta cuando estén publicados en editoriales de prestigio internacionales y sean derivados de comunicaciones en congresos internacionales que tengan revisión por pares y comité científico de prestigio. Podrán ser susceptibles de valoración, en función de la extensión, y del número de autores. En el caso de Arquitectura, se valorarán también las monografías y capítulos de libro que figuren en el catálogo de Avery Index to Architectural Periodical o Riba Online. Por último, se excluyen de manera explícita las monografías y capítulos de libro autopublicados o financiados por el solicitante o la propia universidad.
CAMPO 9. Derecho y Jurisprudencia
En este caso, la novedad no es un cambio en los criterios, sino que se hace explícita la exigencia de que los investigadores deben concretar su aportación específica en aquellas publicaciones en coautoría. Los criterios señalan que, los solicitantes deberán indicar, justificándolo, cuál ha sido su aportación material al trabajo publicado de forma conjunta. Desde sexenios.com recomendamos en todos los campos señalar el rol del autor en los trabajos en coautoría, y muy especialmente en los campos de Derecho y Humanidades.
TODOS LOS CAMPOS
En el Apéndice de la resolución se incluyen los medios de difusión para las revistas, capítulos de libro y monografías que podrán valorarse a juicio de la comisión y para todos los campos. Los criterios expresan que se podrán valorar aquellas revistas que cuenten con el Sello de Calidad de la FECYT; en el caso de las editoriales se hace explicita la valoración, de aquellas editoriales que ocupen posiciones destacadas en su correspondiente especialidad y en el Scholarly Publishers Indicators (SPI). En los informes elaborados por Sexenios.com se incluye la posición de las editoriales en los ranking de SPI, y en la especialidad del solicitante.
Se incluye además como novedad, la valoración, a juicio de la comisión, de publicaciones en colecciones de editoriales universitarias que cuenten con el Sello de Calidad en Edición Académica (CEA). Recordemos que se trata de un sello de calidad auspiciado por FECYT, UNE y ANECA y que en su primera convocatoria (2017), un total de 29 colecciones han sido reconocidas. Hay que recalcar que se trata de un reconocimiento a una colección determinada, y no a la editorial.
Igualmente hay que recordar que el hecho de que un trabajo haya sido publicado en una revista FECYT o en una colección CEA no implica directamente una valoración positiva, sino que la puntuación de dichas aportaciones quedan a juicio de los comités asesores de cada campo.
Análisis realizado por Susana Sánchez Gil y Álvaro Cabezas Clavijo.
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CRITERIOS DE EVALUACIÓN SEXENIOS 2017