Quedan pocos días para la resolución de la convocatoria 2015 de sexenios de investigación, y lamentablemente, un buen número de profesores verán que su solicitud de sexenio ha resultado, en primera instancia, denegada. En dichas resoluciones, junto a la puntuación de cada aportación, el comité asesor realiza un breve comentario acerca del motivo por el cual el trabajo ha sido puntuado de manera insuficiente.
Estos comentarios suelen ser estandarizados y rara vez se alejan de fórmulas bastante genéricas, como las que presentamos seguidamente. Estas observaciones son, sin embargo, fundamentales a la hora de poder preparar un buen recurso, que revierta la decisión primera de CNEAI, por lo que se recomienda analizarlas con calma y ponderación antes de preparar el recurso de alzada o reposición. A modo indicativo, algunas de las observaciones más comunes en las resoluciones denegatorias de CNEAI son:
- Aportación en coautoría aparecida en medio de insuficiente repercusión científica.
- Aportación más divulgativa que científica.
- Aportación recopilatoria, sin contribución suficiente al conocimiento científico.
- Capítulo de libro. No es posible contrastar en índices de calidad objetivos.
- Dada la naturaleza de la colección (se trata de artículos derivados de congresos), su impacto no se considera suficientemente relevante.
- Editorial poco selectiva, sin suficientes criterios explícitos de selección de manuscritos.
- La aportación carece de referencias objetivables sobre su calidad y/o impacto.
- Ni la complejidad del tema ni la breve extensión de la aportación justifican la necesidad de la elaboración entre dos autores.
- No hay indicios de que la patente esté en explotación. Tampoco se trata de una patente que haya sido sometida al procedimiento de examen previo en la OEPM.
- Publicación con insuficiente proyección nacional e internacional.
- Publicación en medio de insuficiente repercusión científica.
- Revista no catalogada en el JCR. No se considera una aportación de difusión suficiente. Examinado el CV completo no ha podido ser sustituida por otra de más amplia cobertura
- Se trata de un medio de divulgación inadecuado en relación con los criterios de evaluación generales y específicos establecidos en la convocatoria.
Recopilación propia a partir de resoluciones de denegación reales de la propia CNEAI (Fuente: Cabezas-Clavijo, Á., & Torres-Salinas, D. (2014). Los sexenios de investigación. Editorial UOC).
Te recordamos que si se ha denegado tu tramo de investigación, y consideras que dicha decisión es injusta, puedes contactar con nosotros y evaluaremos de manera gratuita si dicho recurso puede ser viable. Para las convocatorias 2012-2014, nuestra tasa de éxito de ascendió al 54,2% de los recursos presentados, es decir se concedieron más de la mitad de los tramos previamente denegados.
Contacta con nosotros en info@sexenios.com o en el teléfono 958 176 739 si deseas más información acerca de nuestros servicios legales.